WILAR RTV CÓDIGO DE ÉTICA, DEONTOLOGÍA Y AUTORREGULACIÓN
Preámbulo WILAR RTV adopta el presente Código de Ética, Deontología y Autorregulación para orientar sus actividades periodísticas, informativas, culturales, educativas, musicales, publicitarias y de entretenimiento. Su actuación se fundamenta en la Constitución del Ecuador, los instrumentos de derechos humanos, la Ley Orgánica de Comunicación (LOC) y su Reglamento General, conforme al ámbito legal aplicable.
Este Código establece compromisos institucionales y no sustituye la ley ni crea potestades sancionadoras estatales.
Artículo 1. Objeto y ámbito Este Código orienta la producción, selección, edición, publicación y actualización de contenidos propios de radio, streaming, portal web, pódcast, audiovisuales y redes oficiales.Compromete a directivos, comunicadores, locutores, productores, personal técnico y colaboradores según sus funciones. No atribuye al medio titularidad de frecuencias ni condiciones registrales no acreditadas.
Artículo 2. Línea editorial WILAR RTV mantiene una orientación independiente, pluralista, democrática, intercultural y de servicio ciudadano. Promueve información de interés público, educación, cultura, música y entretenimiento responsable. Las relaciones comerciales no otorgarán a anunciantes o patrocinadores control sobre las conclusiones periodísticas.
Artículo 3. Libertad de expresión Se respetan la libertad de pensamiento, expresión, opinión y crítica. La discrepancia política, religiosa o cultural no será causa suficiente para excluir intervenciones. La moderación responderá a pertinencia, seguridad y respeto de derechos y no se utilizará para silenciar críticas legítimas.
Artículo 4. Calidad informativa La información de relevancia pública se elaborará con verificación, contrastación, precisión y contexto. Se comprobará la procedencia de documentos y material audiovisual. Se buscarán las versiones de las personas involucradas y se registrarán los intentos de contacto. Se distinguirán hechos comprobados, denuncias, hipótesis y opiniones. La urgencia y la viralidad no justifican presentar rumores como hechos.
Artículo 5. Fuentes y métodos Las denuncias son puntos de partida y no pruebas concluyentes. La reserva de una fuente no elimina la obligación de contrastar razonablemente. No se emplearán suplantación, interceptación ilícita ni acceso no autorizado a cuentas o datos. El interés periodístico no autoriza por sí solo a vulnerar derechos.
Artículo 6. Independencia y conflictos de interés Los vínculos económicos, políticos, familiares o personales relevantes se comunicarán a la dirección. Se prohíbe recibir pagos para alterar u ocultar información, obtener ventajas indebidas por la condición de WILAR RTV | Código de ética y autorregulación el comunicador que aprovechare información confidencial para beneficio particular. Los conflictos se gestionarán mediante transparencia y separación de funciones.
Artículo 7. Diferenciación de contenidos Se identificarán claramente noticias, opinión, editoriales, sátira, entretenimiento, publicidad y propaganda electoral. Los titulares, imágenes y promociones serán coherentes con el contenido. Las entrevistas pagadas y publirreportajes no se presentarán como información independiente.
Artículo 8. Dignidad, privacidad y datos Se respetarán honra, reputación, intimidad e imagen. La divulgación de información privada exigirá valorar relevancia pública, necesidad, proporcionalidad y fundamento jurídico. Se evitará exponer datos sensibles, domicilios, teléfonos y documentos de identidad innecesarios. La curiosidad del público no equivale a interés público.
Artículo 9. Igualdad y no discriminación No se promoverán discriminación, deshumanización ni violencia por etnia, nacionalidad, sexo, identidad de género, orientación sexual, edad, discapacidad, salud, religión, situación migratoria o condición socioeconómica. El humor y el entretenimiento no justifican vulnerar derechos. Las expresiones discriminatorias reproducidas con fines informativos se contextualizarán.
Artículo 10. Niñas, niños y adolescentes El interés superior orientará las decisiones editoriales. Se protegerán identidad, imagen, voz y privacidad, especialmente en hechos penales y situaciones de violencia. No se expondrá a menores a presión, humillación o peligro. La autorización adulta no levanta prohibiciones legales de identificación. Se promoverá su participación segura.
Artículo 11. Víctimas y grupos prioritarios Se evitarán culpabilización, revictimización, estigmatización y tratamiento morboso. Se protegerá la identidad de víctimas en los casos legalmente exigidos. Personas mayores, personas con discapacidad y demás grupos prioritarios recibirán trato digno, sin enfoques humillantes o paternalistas.
Artículo 12. Justicia y emergencias Se respetará la presunción de inocencia y se distinguirán las etapas procesales. Una denuncia o detención no se presentará como condena. En crisis y emergencias se priorizará información útil y comprobada. Las cifras preliminares se identificarán y actualizarán; no se obstaculizarán rescates ni se expondrá a víctimas y testigos.
Artículo 13. Rectificación y réplica WILAR RTV garantizará gratuitamente los derechos de rectificación y réplica en los casos, términos y condiciones de la LOC. Las solicitudes se tramitarán sin dilaciones. Las correcciones serán visibles y no consistirán únicamente en eliminar silenciosamente publicaciones. El procedimiento interno no ampliará los términos legales.
Artículo 14. Buzón ciudadano y atención Se habilitará en www.wilar.net el área de Contacto visible para quejas, observaciones y solicitudes. La dirección publicará el canal efectivo y el cargo responsable. Se registrará la recepción, identificará el contenido, conservará la evidencia, revisará la petición y emitirá respuesta motivada. Se solicitarán únicamente datos necesarios.
Artículo 15. Archivo y copias Se conservarán registros razonables de publicaciones y programas para atender solicitudes y revisiones editoriales. Las solicitudes de copias se resolverán conforme a los términos y condiciones legales, respetando la protección de datos y las reservas aplicables.
Artículo 16. Participación en vivo Se promoverá participación plural mediante entrevistas, llamadas y mensajes. Los conductores podrán pedir aclaraciones, contextualizar o interrumpir amenazas, discriminación, divulgación de datos protegidos o acusaciones irresponsables. La advertencia de que las opiniones pertenecen a sus autores no exonera automáticamente al medio de sus responsabilidades.
Artículo 17. Redes e inteligencia artificial Los estándares se aplican a todas las cuentas institucionales. Las correcciones se trasladarán a los canales donde se replicó el error. Los contenidos asistidos por inteligencia artificial tendrán revisión humana; no se inventarán fuentes ni se suplantará personas. Se advertirá sobre contenido sintético cuando pueda inducir a error. No se introducirán datos confidenciales en servicios no autorizados.
Artículo 18. Publicidad y elecciones Se observarán la normativa de comunicación, defensa del consumidor y disposiciones sectoriales aplicables. No se difundirán afirmaciones comerciales conocidas como falsas o engañosas. La propaganda electoral se sujetará al Código de la Democracia y disposiciones electorales vigentes. Se distinguirá de información y opinión.
Artículo 19. Transmisiones y autoría La cobertura de eventos no implica adhesión institucional. Se transparentarán patrocinios relevantes. Se respetarán autoría, licencias y autorizaciones de textos, imágenes, música, videos y grabaciones. La atribución y disponibilidad en internet no reemplazan los permisos legalmente exigibles.
Artículo 20. Diversidad y accesibilidad Se promoverán expresiones culturales diversas y se adoptarán progresivamente medidas de accesibilidad adecuadas a los formatos, sin perjuicio del cumplimiento de las obligaciones legales aplicables.
Artículo 21. Personal y seguridad Se respetarán la cláusula de conciencia, la reserva de fuentes, el secreto profesional y los derechos laborales. Se promoverán capacitación, seguridad digital y evaluación de riesgos, en un entorno libre de acoso y discriminación. No se tolerarán represalias por rechazar actuaciones ilícitas.
Artículo 22. Autorregulación y cumplimiento La dirección designará una persona o instancia para revisar quejas éticas, escuchar a las partes y recomendar correcciones y formación. Se evitarán conflictos de interés. Las medidas laborales o contractuales respetarán legalidad, proporcionalidad y garantías. No se atribuirán competencias a organismos extinguidos ni potestades sancionadoras inexistentes.
Artículo 23. Publicación y revisión WILAR RTV El Código se publicará en un enlace visible del portal y se difundirá al personal. Se revisará ante cambios normativos, operativos o tecnológicos. Su aprobación y modificaciones deberán documentarse mediante el procedimiento institucional correspondiente.
Referencias normativas Constitución de la República del Ecuador; Ley Orgánica de Comunicación y sus reformas; Reglamento General a la LOC, expedido mediante Decreto Ejecutivo 850, y sus reformas. Para esta propuesta se toma como referencia la revisión normativa utilizada en la actualización precedente.
Guayaquil, Septiembre 6 del 2026